lunes, 6 de mayo de 2013

DS 181 Y SUS MODIFICACIONES - Entrega 8 - PROHIBICIONES A LOS PARTICIPANTES DEL PROCESO

ENTREGA 8.-
La entrega 8 acerca de las modificaciones realizadas al DS 181 que establecen las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios, en la ilustración se transcribe en forma parcial el articulo 40 relativo a: PROHIBICIONES A LOS PARTICIPANTES DEL PROCESO, esta modificación ha sido realizada mediante el DS 778 del 26 de enero de 2011 que aprueba el Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley N° 065 DE PENSIONES, en cuya Disposición Adicional Única, incorpora el inciso
o) al Art. 40 del DS 181. Se aclara que se denota en color rojo el texto incorporado, el resto del artículo se mantiene inalterable respecto el texto original del DS 181.