Capacydeh Srl, pone en conocimiento de servidores públicos y
privados, que el Directorio de Impuestos Nacionales ha emitido en fecha 31 de
mayo de 2013, la (Resolución Normativa de Directorio) RND Nº 10-0020-13
DERIVACIÓN DE LA ACCIÓN ADMINISTRATIVA.
De acuerdo al comunicado del SIN, del 4 de junio de 2013, El
Presidente Ejecutivo de la entidad recaudadora, Roberto Ugarte Q., explicó que
la Resolución Normativa de Directorio RND Nº10-0020-13, denominada “Derivación
de la Acción Administrativa”, establece que el SIN podrá exigir este pago a los
gerentes, directores, administradores y representantes legales, en caso que el contribuyente titular no haya pagado la totalidad de esa deuda tributaria ejecutoriada y cuando esos representantes hubiesen cometido actos dolosos e irregularidades, por lo que se constituyen en responsables subsidiarios” de la deuda.
gerentes, directores, administradores y representantes legales, en caso que el contribuyente titular no haya pagado la totalidad de esa deuda tributaria ejecutoriada y cuando esos representantes hubiesen cometido actos dolosos e irregularidades, por lo que se constituyen en responsables subsidiarios” de la deuda.
Dijo que dicha norma permitirá la aplicación del artículo 32
(Derivación de la Acción Administrativa) del Código Tributario Ley N° 2492, que
en los diez años de vigencia de dicho compilado no fue posible por falta de
reglamentación; norma que se aplica cuando se agota el patrimonio del sujeto
pasivo y/o es declarado insolvente.
Según el Presidente Ejecutivo del SIN, la condición de
responsable subsidiario “recae sobre aquellos que hubieran causado la
insolvencia del sujeto pasivo, que en su condición de representantes hubieran
cometido infracciones tributarias o hubiesen incumplimiento sus obligaciones y
deberes tributarios”, en cuyo caso la Administración Tributaria exigirá el pago
total de la deuda tributaria al responsable subsidiario una vez determinada su
responsabilidad.
Por la importancia de la norma, se muestra completa a
continuación:
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